Nueva normativa del IVA en los servicios electrónicos para particulares de la UE

  • Jueves, 18th Diciembre, 2014
  • 18:28pm

Estimado/a cliente:
Te informamos de las nuevas disposiciones de la Unión Europea en materia de IVA sobre los servicios electrónicos prestados a particulares (Directiva europea 2008/8/CE relativa al IVA).
Desde el 1 de enero de 2015, para todos los servicios prestados por Avantys, el tipo de IVA aplicable será el correspondiente al del país de residencia del consumidor.
Por ejemplo, si un residente de Portugal contrata un servicio de Avantys, ahora estará sujeto al IVA portugues (23%) y no al español.
Las condiciones del IVA aplicables a profesionales y a residentes fuera de la Unión Europea permanecen sin cambios.
Para asegurarse de que paga el tipo de IVA adecuado a su residencia, le invitamos a que revise sus datos de facturación. En caso de necesitar actualizarlos puede contactar con nosotros a traves del sistema de tickets.
Atentamente,
El equipo de Avantys

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